Trámites y gestión entre Tesorería Gral Seguridad Social, Sepe y Fundación Tripartita 1/2

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) es un Servicio Común con personalidad jurídica propia, en el que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican todos los recursos económicos y la administración financiera del sistema de la Seguridad Social, ostentando la TGSS las funciones relativas a “la gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del Sistema de la Seguridad Social”.

Por tanto, la TGSS es la encargada de la recaudación de las cuotas del sistema de la Seguridad Social, tanto de las que le resultan propias como de aquellas otras recaudadas por cuenta de otros organismos públicos, entre las cuales se encuentran las cuotas de formación profesional gestionadas por el SEPE.

Para canalizar estas actuaciones, la TGSS dispone de una cuenta de relación con el SEPE donde se recogen todas las operaciones realizadas por aquella por cuenta de este, las cuales se incluyen en el denominado “Documento T8T”, en el que figura tanto la recaudación obtenida en concepto de cuotas de formación profesional como las bonificaciones efectuadas por las empresas sobre las mismas, la cual se remite al SEPE para que este efectúe las comprobaciones oportunas y proceda, mensualmente, a su imputación en la aplicación presupuestaria “Financiación de las bonificaciones en las cotizaciones Seguridad Social formación continua”.

La información recogida en el documento T8T se remite al SEPE integrada en los siguientes ficheros informáticos principalmente:

  1. Fichero Provinem: donde se contiene la información mensual detallada por “código de cuenta de cotización” relativa a los importes de las cotizaciones o bonificaciones de cualquier tipo que afecten al presupuesto del SEPE y referidas al periodo de recaudación objeto de tratamiento, recogiendo un apartado específico denominado “bonificación por formación continua”.
  1. Fichero de “Saldos acreedores” que corresponde a aquellas empresas cuyos boletines de cotización presentan un volumen de bonificaciones en las cuotas de formación profesional superior a los ingresos que por este concepto deben efectuar las mismas, generando un pago efectivo por la TGSS a dichas empresas.