Plataforma Virtual
El centro o entidad de formación debe disponer de una plataforma de aprendizaje de teleformación, autorizada por el Servicio Público de Empelo Estatal, que asegure la gestión de los contenidos y el seguimiento y evaluación de los participantes.
La plataforma virtual ha de asegurar la disponibilidad de acceso las 24 horas del día, todos los días de la semana, y ha de tener capacidad suficiente para gestionar y garantizar la formación del alumnado, permitiendo la interactividad y el trabajo cooperativo, así como la disponibilidad de un servicio técnico de mantenimiento.
La plataforma virtual contará con un manual de instrucciones de uso que pueda consultarse en línea y que recoja las operaciones básicas de su funcionamiento con objeto de que los alumnos y tutores-formadores puedan seguir el proceso de enseñanza-aprendizaje a través de la misma.
Con objeto de realizar el seguimiento y control de las acciones formativas se dispondrá de un acceso a la plataforma por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.